lunes, 16 de julio de 2018

Otros hombres buenos; otras personas buenas

 Siempre es bueno y saludable recurrir a los buenos libros. Mucho tienen que decirnos,. Un  buen libro es el resultado de quienes pacientemente, se dedican a escribir, para decirnos algo, muchas cosas, un gran  regalo que queda ahí para nosotros; luego de dias , horas y a veces hasta años de labor, un maravilloso regalo que no debemos desaprovechar. Inspira este título uno de mis libros favoritos.En el 2015 Arturo Pérez Reverte publicó un libro titulado Hombres buenos, consta de 582 págs. Espacio y circunstancias me obligan a abreviar.Se trata de una celebración al libro y  nobles actitudes. Ambientada a finales del siglo XVIII, la narración va dibujando con pericia acontecimientos y aventuras de  dos miembros de la  Real Academia Española  en su gesta de búsqueda de unos  libros para llevarlos a España. Viajaron a Paris para conseguir 28 volúmenes de la Encyclopédie de Alembert y Diderot , que para esa época estaba prohibida en España. En la contraportada leemos lo siguiente, cito:''Basada en hechos reales,documentada con extremo rigor , conmovedora y fascinante en cada página, Hombres buenos narra la heroica aventura de quienes , orientados por las luces de la razón , quisieron cambiar el mundo con libros cuando el futuro arrinconaba las viejas ideas y el ansia de libertad hacía tambalearse tronos y mundos establecidos"
 Este preludio me lleva a otro de mis libros preferidos, éste es sobre el ejercicio de resolver controversias; ejercicio que tuve el honor de llevar a cabo por  varios años, en la materia civil y penal en todas sus variantes, cuando me desempeñé como Jueza Superior; y  cuando,  luego analicé hechos, y evidencia  para rendir Informes con   recomendaciones al Tribunal Supremo, cuando me desempeñé como Comisionada Especial de dicho Tribunal. El libro que paso a identificar es un referente  sobre los postulados a considerar al resolver una causa. Se trata de un libro escrito por quien fuera Juez Presidente de nuestro Tribunal Supremo-el ilustre jurista puertorriqueño José Trías Monge, fallecido. Se trata de la  Teoría de la Adjudicación, publicado en el año 2000. Muy particularmente  beneficioso este libro, en estos tiempos, en los cuales tanto se analizan, temas jurídicos y  decisiones  judiciales; según se va reflexionando sobre los pormenores de Ley Promesa y las acciones de los miembros de la Junta de Supervisión Fiscal. Se leen y  escuchan en los medios interpretaciones de la Ley Promesa y los casos resueltos, que en ocasiones  reducen las expresiones a las  posturas políticas de quien las hace, para construir, la mayoria de las veces,  un análisis  de conformidad con las prefencias políticas partidistas de quien las expone Cito de  la pág. 398 del libro de Trias-'' El lenguaje es únicamente una aproximación a la ''realidad, una herramienta cruda e imprecisa, variable entre pueblo y pueblo y aun entre grupo y grupo para identificar lo que está o pensamos que está dentro y fuera de nosotros.''
 En la pág. 399 se pregunta y... ¿cual es la tarea del juzgador al decidir?, expresa Trías Monge que  la tarea del juzgador no es decidir , mediante el uso mecánico  de una serie de técnicas interpretativas, para  decidir cual es la regla que gobierna los hechos ante sí,  para entonces  simplemente aplicarla; Añade y  cito: El juez tiene que  impartirle a la regla el contenido de que carece en gran parte. El núcleo de precisión de la llamada ratio decidendi ("razón de decidir "), no basta usualmente para la solución del caso.Hay que aclarar su penumbra, llenar los espacios, generalmente vastos, de su periferia y comprobar su adecuación.. Las reglas, además , funcionan dentro de un entorno no sólo juriídico , sino primordialmente cultural y social que nutre su contenido. Las reglas no pueden apreciarse a solas, sino conjuntamente con las circunstancias que les dan vida .
Más adelante expresa  págs. 399 final- y 400, arriba-cito:"La imprevisión de los estatutos ilustra la función creadora del juez. Desde tiempos de Aristóteles se viene señalando que el legislador no puede prever todas las situaciones posibles a que deberá aplicarse o dejarse de aplicar un estatuto. La función del legislador es disponer la norma general , sin que le sea posible anticipar su adecuación a casos singulares. De ahí que se estructurase desde tiempos de la Grecia antigua el concepto de la equidad , para ajustar la ley a los imperativos de la justicia.
 En la misma pág  puntualiza, cito:"La esencia de la justicia estriba en la particularización de las normas. El proceso legislativo , por más que se desee lo contrario , está sujeto a rigurosos límites , mas allá de los dispuestos en las constituciones. El legislador puede proveer justicia tan sólo en un plano relativamente general y abstracto . La tarea de realizar lo que Aristóteles llamó la '' justicia animada'', la de impartir justicia en el caso concreto, le corresponde al juez."
Leer buenos libros depura nuestros pensamientos y nos habilita de competencias.

No hay comentarios:

Publicar un comentario