domingo, 1 de marzo de 2020

Excesos sin freno en los municipios y desafueros de sus alcaldes.

 En los municipios se incurre con alguna frecuencia  en gastos injustificados que a mi entender, por la  cuantías y  banalidad, no se  justifica fin público alguno¿ quien supervisa y a quienes les responden los Alcaldes o Alcaldesas?

 En mi opinión,  tomando en cuenta las disposiciones legales de la Ley de Municipio vigente y la normas relacionadas a la utilización de fondos públicos, los cuales deberán utilizarse  con prudencia y para fines públicos;   entoces,   el gasto de fondos publicos impropio y extravagante    se convierte en un acto ilegal;  por lo que el alcalde-o alcaldesa-; según  sea el caso,  funcionarios o empleados   que incurren en  tal acción deberían responder penalmente,   e imponerles una pena de restitución igual al monto de los dineros públicos mal usados, pagadereo de su propio peculio.< SOLO ASI SE DETENDRA EL ABUSO; COMO NO HAY CONSECUENCIAS, SIGUE LA IMPUNIDAD , Y  NO SE DESALIENTA LA CONDUCTA>
 Es  el caso del Alcalde Angelo Cruz del Municipio de Ceibarelato de  Mayra Montero  en su columna de hoy -La Guarida de Merlín, un relato  que produce indignación; y  dá coraje sano; sano porque obedece a la reacción  lógica humana ante el abuso perpretado por un funcionario publico, pagado con fondos publicos... En síntesis: compró para su uso  , con fondos públicos, una guagua a todo lujo_> asientos de cuero, aros cromados, asientos con calefacción !!!, ????, por el precio de $ 60,000.¿ Cuanto gasta de gasolina ese vehículo,? ¿ Cuanto se gasta en sus reparaciones y mantenimiento,? ¿ quien es la persona que usa el vehículo  mayormente y para qué propósitos? Los hallazgos comentados surgen de un Informe del Contralor.

Lo de la calefacción es incalifacable, lo de los asientos de cuero, insólito. Soy de opinión que  debe establecerse la prohibición absoiluta que ningun vehículo comprado con fondos publicos excederá de $30, 000,  con rendimiento eficiente en el uso de combustible, salvo  otros vehículos  que se requieran por necesidad justificada. Y prohibición absoluta  sean  con asientos de cuero. Prohibición que debe aplicar a todo el gobierno.. Ademas que ésto aumenta el precio,- es un feature de lujo- en un  clima tropical  como el nuestro , en donde el calor y la humedad son sofocantes  en gran parte del año, los  asientos de cuero son más calurosos y se deterioran más rápido en este clima. 

En una Isla de 100 x35 y en quiebra de facto  desde hace años,  más empobrecidos por los eventos climatológicos,  en donde la mayoría de nuestros programas de servicios al pueblo son complementados con fondos federales y considerando que desde siempre  muchos municipios, entre ellos Ceiba, han subsistido con fondos aportados por el gobierno Central,-y sin dichas aportaciones literalmente no podrán operar-;  la acción de dicho Alcalde amerita algun castigo. ¿qué pasó con los hallazgos del Informe del  Contralor ?  ¿Existe en la actualidad alguna Oficina o Comisión en  a donde se remite los informes del Contralor para investigación y procesamiento ,  se presenten , atiendan y adjudiquen  querellas  contra  Alcaldes o Alcaldesas  ,  en donde se pueda  dilucidar  por la via administrativa  la querella, con  facultad de imponer el castigo que corresponda  dentro de   un foro administrativo? , por supuesto, con revision judicial. Ello mas allá de la Oficina  del Contralor que existía o existe en el Departamento de Justicia, la cual de existir,  es inoperante.

  No  tengo todos los elementos-pues no he leído el Informe de la Oficina del Contralor, - , ni sé la fecha del Informe. Recomiendo por lo pronto,  que  de existir la guagua, se le  quite la guagua ipso facto; que  se venda en pública subasta,  y que el dinero sacado vuelva a las arcas del municipio.

 En el futuro si necesita  el Alcalde de Ceiba  un vehículo comprado con fondos públicos para moverse de un lado a otro y "prestar servicios a su pueblo"; que se adquiera una guaguita RAV Toyota ,  pero  año 2008; desde el 2008 yo me muevo en una Honda CRV 2008, que tiene un poco más de cien mil millas, y no se me ha caido un canto; pagada en su totalidad por mí. 

La ley de municipios  vigente mandata que no se incurrirá en gastos excesivos y extravagantes, que todo gasto en que se incurra con fondos públicos  deberá tener  un fin público de servicio y utilidad a la ciudadanía; que en todo gasto deberá considerarse el presupuesto del municipio, la situación fiscal del municipio, y  los ingresos y gastos para sertvicios esenciales que deberá prestar el municipio.

Se ha informado en los medios-lo leí hoy-, que para el 12 de marzo de 2020 se ha de presentar  en el hemiciclo del Senado de Puerto Rico un Nuevo Código Municipal, que sustituya la actual Ley de .Municipios. El código fue presentado en 2019 por la ex senadora Margarita Nolasco; ahora seguirá su curso a cargo del Senador Nelson Cruz Santiago.El código se divide en 7 libros. Informa el parte de prensa que "todos estan de acuerdo""-¿quienes son todos, ? ¿ellos mismos? Yo,-para recalcar)  y otras personas preguntadas  nunca hemos escuchado de este nuevo código.

Espero que este nueva legislación se Nutra de diversas opiniones, mas allá de Alcaldes y Alcaldesas, los propios legisladores, y la cofradía de los municipios.  Que provea  la nueva legislación con regulación apropiada para atender y corregir los desmanes , en que,  con frecuencia,   incurren algunos jefes municipales, conducta de la cual les  es dificil desprenderse, dentro del marco regulatorio de amplia libertad  de actuar en que se desempeñan.

Porque  todo lo que se paga con fondos públicos  los pagamos todos los ciudadanos ; a través de la multiplicidad de impuestos  que se  imponen  y cobran en  esta Isla,  en donde la voracidad contributiva del gobierno de turno, el que sea, siempre  es feroz.

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