domingo, 24 de julio de 2022

Miseria de un Presidente en salida-Donald Trump

 Antes lo presenciamos en vivo; recientemente se nos volvió a mostrar  durante la vista congresional  celebrada en el congreso estadounidense.187 minutos de la crisis de la presidencia de Donald Trump;  en su salida de la presidencia,  porque habia perdido las elecciones celebradas democraticamente;  y él  se aferraba a la presidencia,  sin derecho alguno. 

Su final; nadie, pero nadie lo pronósticó,  ni intuyó que llegara con sus acciones y conducta  a la magnitud y grado que se produjo. Una verdadera afrenta a la presidencia democrática de los Estados Unidos de Norteamerica, y a las instituciones constitucionales existentes. 

La  persona Donald Trump  nunca supo distinguir entre sus deseos , ofuscación personal y delirios  individuales,  de la  solemnidad, dignidad y respeto  que amerita el  cargo  de Presidente de Estados Unidos de norteamerica;  en  un sistema democratico, que le permitió disfrutar del poder de una presidencia, por determinado tiempo; en una nación democrática,  de  grandes fines públicos.

  La conducta que mostró Donald Trump, ese 6 de enero,  en sus funciones como Presidente, define lo que conocemos como conducta, ilegal y antijurídica, por acción y por omisión.

 Hay que  definir conceptos jurídicos, no voy  a analizar "piezas evidenciarias "; es labor inherente a la Comisión Congresional 

Acto voluntario>en el campo penal se  presupone intención, cuando se ejecuta efectivamente el acto, o cuando se incurre en una omisión de actuar, que implica propósito o  voluntad de cometer el acto antijurídico, o de incurrir en la omisión que produce consecuencias antijurídicas.

*Los delitos, infracciones , o  actos antijurídicos,  se cometen por acción u omisión.

*Comisión de un acto criminal- Los delitos se tipifican y analizan por la producción de un resultado; los delitos por omisión solo se podrán cometer  cuando la no evitación del mismo equivale a la producción activa.

     Significa;   la omisión de actuar produce un resultado igual al que se hubiese producido si actuado afirmativamente en las circunstancias examinadas. Presupone que la inacción, o lo que se dejó de hacer,  produce  o causa un resultado igual .

*El elemento determinante para equiparar la omisión con la acción , es cuando se comprueba que quien dejó de actuar , creó, o aumentó el riesgo del bien,  , (o los bienes) juridico(s) protegido(s); cuya lesión no evita,  teniendo  facultad, y medios a su disposición para evitarlo 

*A mayor conocimiento, mayor jerarquía,   se entenderá mayor facultad, y medios, para actuar sobre el acto antijurídico que se omite detener. Y, con más rigor  será el análisis; porque la persona que optó por no actuar, tenia las facultades y medios,   podia detener el acto antijrídico, o mitigar las consecuencias dimanantes.

*Se toma en cuenta actos anteriores, coetaneos contempaneos y posteriores.

El concepto polis, en una democracia,  significa la convivencia organizada de las personas con finalidades  definidas ; presupone el ejercicio del poder dentro de la legalidad ; vinculando las estructuras de la sociedad junto con las facultades y relaciones que el poder genera; en un ejercicio continuo, con sujeción a los derechos constitucionales.


  


No hay comentarios:

Publicar un comentario