Todo nuestro ordenamiento ya está muy claro respecto a al mal de la corrupción. Continuan aflorando conductas corruptas porque algunos funcionarios parecen menospreciar la importacia de la normativa, y continuan incurrendo en acciones de corrupción, a veces en su ámbito estricto gubernamental; otras veces en común con personas o entidades fuera del gobierno. El problema es que por años no se contrata a los más capaces, ni a personas con el verdadero compromiso que exige el servicio público.Se les ignora y relega, Porque nuestro gobierno se ha convertido en especie de botín: "gané la elección, gané tambien el derecho de abusar y enriquecerme, nada ni nadie lo impide," , El servicio al pueblo, razón de ser de todo empleado público, esta ausente en la gestión pública. olvidada; solo se habla de sueldos, reclamos de aumentos, y prebendas, que nunca son suficientes.. Nuestro gobierno adolece de supervisión en todos sus niveles, seguimiento, y demuestra falta ejecución adecuada respecto a toda la legislación aprobada, que es abundante.
- Veamos el reciente caso del alcalde de Arecibo, quien en abierta violación de leyes, y reglamentos, y de la recomendación en contrario a su decisión, que le informó la legislatura municipal que su ación era incorrecta y la ley lo prohibe; el alcalde siguió adelante con su desición de contratación ilegal. Cuando se le confrontó por los medios sobre su conducta , se "despachó'' el alcalde diciendo> que "el municipio tiene amplias facultades para contratar"; lo que refleja su prepotencia; y menosprecio ; ignoró las palabras claves> amplia facultad , pero de acuerdo con la ley y normas aplicables. Con su conducta de menosprecio, el alcalde de Arecibo "se buscó un caso "( Contrató y mantenia en su puesto a un doctor convicto federal de nombre Edgard Cancel Zapata convicto de violar 18 USCA sec 1828 (1) (2); y contrató el mismo alcalde de Arecibo a la ex senadora Maritere González recientemente convicta de negligencia en el cumplimiento del deber, (12 cargos ); como parte de un acuerdo, y estaba imputada de otros más cargos,; ella aceptó declararse culpable, y le impusieron seis meses en probatoria. Este era un caso que estaba pendiente ante los tribunales desde el 2017.
- Esta misma semana supimos que un empresario contratista exitoso de nombre José Bou, quien aceptó la culpabilidad por haber sobornado al ex alcalde de Cataño, Felix Delgado el Cano, quien vivía una ostentosa vida, para la cual era evidente no tenía ingresos, pero que nunca nadie se percató; solo los federales, quienes ya asumieron custodia sobre él. Pero no debemos olvidar que El Cano de Cataño, mediante su testimonio, ya ha involucrado a muchos. Este Sr Bou es un contratista exitoso por más de 50 años, con muchas y diferentes contataciones con el Gobierno de Puerto Rico y sus municipalidades> , pero el soborno al Cano lo hundió. ¡un reloj ROLEX de varios miles de dólares! ; que por la vida que llevaba el alcalde, es de suponer, que el Cano estaba convencido que se lo mereciá.
- Y tenemos tambien el giro que ha tomado el caso de la ex Gobernadora Wanda Vázquez , acusada tambien por los federales( FBI) Recordaran Uds que se relaciona a que dos personas instaron a la entonces gobernadora a despedir a un funcionario público, a cambio de ayuda económicas para su campaña de elección para continuar en el cargo; y ella acedió, los complació y despidió a la persona. El despedido estorbaba ``os intreses`` de los dos empresarios. La situación es que ambos ya estan en Puerto Rico, bajo la "TUTELA" de los federales-; al parecer hablando, y mucho. Se trata de los empresarios Rosini-nada que ver con la ópera-, y Herrera Velutinni, banquero exitoso , con ramificaciones dudosas en muchos lugares.
- Tambien hoy 1 de septiembre resucitó el caso de otro ex alcalde , Abel Nazario Lugo, ex Alcalde de Yauco, quien desde el año 2020 viene enfrentando acusaciones por corrupción durante su desempeño como Alcalde ; reiteradamente insistió y su inocencia, y que se defendería hasta esl final; hoy se supo que ultima un acuerdo para hacer alegación de culpabilidad por los casos pendientes.
Puerto Rico ya tiene suficientes leyes, reglamentos, oficinas gubernamentales, y protecciones para atender y atajar el mal de la corrupción. VEAMOS
En primer lugar , tenemos a los federales, quienes siempre estan muy pendientes; además, >
Puerto Rico tiene una *Oficina del Contralor, que audita todo el gobierno-cubre municipios; tambien tenemos la *Oficina del Fiscal Especial Independiente. con caracter continuo funcionando. Y, Tenemos un* Código Municipal muy abarcador, adoptado con medidas estrictas y claras , entre otras ver> art. 1.011apartados (e) y (f); art.2.004 párrafo (c) 2 y 3, y párrafo (d).(ver Ley #107 DE 14 DE ENERO DE 2020, según enmendada. Mediante la ley # 15 de 2017 se restableció la *Oficina del Ispector General , la cual había sido eliminada por inconsecuente, innecesaria, y duplicación de funciones-el criterio para su anterior eliminación debe prevalecer, es totalmente innecesaria. Y creamos *Una Oficina de Etica Gubernamental .
Nuestro fervor por legislar contra la corrupción no queda ahí.
En 2018 se aprobó el *Código Anti Corrupción para el Nuevo Puerto Rico (Ley #2 de 2018 , según enmendada); que abarca a las tres ramas del gobierno.* Y Se aprobó la ley 74 de 2017 denominada Ley de Capacitación del personal de Supervisión del Servicio Público con la encomienda de inculcar destrezas para el logro > cero tolerancia a la corrupción . *Tambien se aprobó una ley para enmendar la ley de Sentencias Suspendidas para ampliar los delitos exentos del beneficio de Sentencia Suspendida
HAY QUE DESTACAR: Dicho Código atiende múltiples instancias de la corrupción, y en su cuerpo legal amplía e integra numerosa legislación relacionada a la corupción, e impone penas, ; ya no estan como leyes aparte e inconexas.
Se integran en el Código:
* La ley Orgánica de la Oficina de Etica Gubernamental
*El Código de Etica Para Contratistas , Suplidores y Solicitantes de Incentivos Económicos del Gobierno de Puerto Rico.
*Protecciones contra Represalias
*Acciones Civiles por daños ocacionados del Estado
* El Registro de personas convictas por corrupción y delitos relacionados, cuyo Registro está bajo la custodia del Departamento de Justicia -
Registro que debe actualizarse, que todo funcionario antes de contratar deberá consultar, y que el hecho que una persona no aparezca allí registrado no exime de responsabilidad.
*El Registro Interagencial Anticorrupción ,
Registro que en realidad se reduce a un grupo de funcionarios que ocupan otros puestos, de cuyo grupo no se conoce ningún fruto
Y se establece en el Código una prelación de leyes, disponiendo que en cuanto a delitos que esten igualmente tipificados en el Codigo Penal, prevalecerá la sanción del Código Penal.
Nuestro Código Penal tiene tipificados varios delitos contra la función gubernamental,y contra el ejercicio gubernamental, arts 250-294; tambien delitos contra función legislativa-arts 295-298.
Hemos cristalizado con disposiciones legales numerosas prohibiciones contra la corupción , establecido penas y procedimientos; impuesto el deber de honradez, el deber de ser veraz y tener candor, o sea sinceridad en todo lo relacionado al gobierno , el servicio público, organización , contrataciones; y hemos impuesto el deber de divulgar motu propio cualquier impedimento legal.
Se han establecido claramente las razones e inhabilidad para contratar con el gobierno, las conductas prohibidas, y fijado sin lugar a dudas conflictos de intereses; y se impone la responsabilidad ineludible a cada funcionario, agencia y ente gubernamental contratante el deber de cumplir con todas las disposiciones del Código
Podría decirse, que con facilidad, un caso de corrupción en Puerto Rico, establecidos los hechos, podría probarse , mediante el conocimiento administativo cuando proceda , y el conocimiento judicial, de todas esas disposiciones legales, la cuestión... solo aplicarlas, y adjudicar responsabilidad.
SENCILLITO
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