definición IA> ES LA Disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico.
La ruta en esta nueva herramienta-que no es tan nueva-como ya atendida por varios países- amerita consideraciones para adoptar normativas, de forma tal que su utilización cree confianza y seguridad en su uso.
A la IA se la considera un motor clave del crecimiento ecnómico, que facilita la innovación , promueve el cambio social, y aumenta dramaticamente la competividad.
Carmine DI. SIBIO , presidente y CEO de EY Global, en su publicación - <<EL entorno regulatorio global de la Inteligencia Artificial , resumen ejecutivo, España octubre 2023>> entre sus comentarios indica que "es necesario intensificar el dialogo entre legisladores y reguladores , el sector privado y la sociedad civil , para comprender mejor y alinear los intereses ...; digo yo, intereses en conflicto
Son 8 LOS QUE YA han regulado la Inteligencia Artificial, tomados como un todo los países de la UE (UNIÓN EUROPEA).
*CANADA, *UE, *CHINA, * REINO UNIDO , *EEUU, *COREA, DEL SUR, *JAPÓN , *SINGAPUR
VEAMOS, < LA REGULACIÓN EN CANADA>
Un examen de las regulación de Canada, satisface por CONTENER ESPECíFICAS , y CLARAS , PERO AMPLIAS REGULACIONES; QUE ATIENDEN PROBLEMAS PREVISIBLES ESPECÍFICOS>
DEBO DECIR ME IMRESIONA MUY FAVORABLEMENTE ESTA LEGISLACIÓN.> SE TRATA DE LA LEY DE INTELIGENCIA ARTIFICIAL Y DATOS; CONOCIDA POR AIDA,
NO ES UNA PIEZA LEGISLATIVA AISLADA, sino el tercer pilar del proyecto de ley C-27 (DIGITAL CHARTER IMPLEMENTATION ACT 2022), presentado por el Ministro de Innovación , Ciencia e Industria de CANADA.
Entre otras significativas disposiciones, la ley faculta para crear un Comisionado de IA y Datos con sus facultades expuestas en la ley. establece sanciones Administrativas y Penales ; con montos y procedimientos. Además tipifica delitos penales específicos para conductas graves .<<LAS MULTAS POR ESTAS VIOLACIONES PENALES GRAVES PUEDEN SER ASTRONÓMICAS>>
EJ: las multas para organizaciones pueden alcanzar los 25 millones de dólares canadienses; o el 5 % de los ingresos globales brutos del año financiero anterior, lo que sea mayor.
TODO, DENTRO DE UN MARCO DE REGULACIÓN CANADIENSE...,
"PARA DISUADIR EL INCUMPLIMIENTO"; como aseveran.
RETOMANDO la publicación del trabajo DEL CEO DE EY GLOBAL , OBSERVAMOS QUE CON maestría comprensiva, CARMINE DI. SIBIO , explica las tendencia en el uso y regulación de la IA; a continuación las cinco tendencias identificadas por él-cada una de ellas explicadas en su trabajo escrito; enumero las cinco, cito textualmente:
1-La regulación y las directrices sobre IA que se estan planteando son coherentes con los principios básicos definidos por la OCDE y respaldados por el G20.
2-Estos países estan desarrollando un enfoque regulatorio basado en el riesgo. Esto significa estan elaborando sus normativas respecto a la IA a partir de los riesgos relacionados con aspectos fundamentales como la privacidad, la no discriminación , la transparencia y la seguridad.
3-Debido a los diferentes casos de uso de la IA , algunos países se estan centrando en desarrollar normas sectoriales específicas , además de una regulación general.
4-Los países están desarrollando leyes y normas relacionadas con la IA , en el contexto de otras prioridades de política digital , como la ciberseguridad , la privacidad de los datos y la protección de la propiedad intelectual. En este caso , la UE , es la que adopta el enfoque más integral- según su criterio,(digo yo); por razón de la multiplicidad de intereses atendidos en esa unión-relación política europea.
5-Muchos de estos países estan utilizando los ámbitos de pruebas (sandboxes) de regulación, como una herramienta para que el sector privado colabore con los responsables políticos, en el desarrollo de normas que cumplan con el objetivo central de promover una IA segura y ética, así como para considerar las implicaciones de la innovación de mayor riesgo asociado a la IA
Como bien indica Carmine DI Sibio;" ...si todos estamos mejor informados , podremos contribuir más facilmente al desarrollo de regulación comparable e interoperable en todos los países , ayudar a reducir el riesgo en el arbitraje regulatorio, y ampliar el alcance de las normas que promuevan el uso positivo de la IA"
Respecto a Estados Unidos De Norteamerica, en los últimos años , se constata el crecimiento exponencial de la IA ; para 2025 se introdujeron cientos de proyectos de ley que buscan establecer normas claras para el desarrollo de la IA
A Puerto Rico nos atañe muy especialmente su regulación; por nuestra estrecha relación política con Estados Unidos de Norteamerica, es conveniente conocer que EEUU desde 2024 , y en 2025 ha venido regulando en su territorio la utlización de la IA.
principales Legislaciones federales
+Train Act -Transparencia y responsabilidad en Redes de IA)
Introducida en nov. 2024, busca obligar a las empresas a revelar las fuentes de datos utilizadas para entrenar sus modelos de IA
+ GENERATIVE AI COPYRIGHT DISCOSURE ACT
Requiere que las empresas informen sobre uso de material protegido por derechos de autor en el entrenamiento de sus modelos; Empresas como Open AI, Google, y Microsoft han tenido que adaptar sus esrategias para cumplir con los nuevos requerimientos.
<HAY MUCHAS LEYES ESTATALES EN DESARROLLO>
CONCLUSIÓN
Si bien la regulación busca proteger a los usuarios , y garantizar un uso ético de la IA, algunas empresas ya han levantado la voz indicando que ciertas normativas pueden frenar la innovación; y han adelantado su preocupación sobre el costo que representa cumplir con las regulaciones preg ¿innovación sin límites? ¿uso de la IA sin regulación, o mínima?
SE HAN REALIZADO ENCUESTAS, REFLEJAN QUE < LA MAYORÍA DE LOS CIUDADANOS ESTADOUNIDENSES APOYAN REGULACIONES MÁS ESTRICTAS SOBRE LA IA; ESPECIALMENTE EN LO QUE RESPECTA A LA PRIVACIDAD Y EL USO DE DATOS PERSONALES>
nota:- se recomienda en internet al trabajo de Rubén Navarro /de 8 de marzo de 2025, Automatización, Inteligencia Artificial, Productividad,
<La colaboración público-privada y la cooperación con instituciones académicas y del tercer sector son pasos esenciales, para como sociedad, adoptemos estas nuevas tecnologías que transforman las economias y la produtividad; pero que tambien cambian significativamente nuestro modo de vivir y relacionarnos; además, del cambio fundamental en un medio que ya creiamos dominabamos...>
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