Mucho se ha hablado del acuerdo intra Partido Popular, a que llegó el Alcalde de Ponce, Irizarry Pabón, elegido Alcalde de Ponce, como miembro y militante del Partido Popular, para dejar su puesto por hechos y señalamientos contra él , que salieron a la luz luego de su elección . A tenor con dichos señalamientos contra el Alcalde, hechos que configuran conducta impropia y corrupta, el Partido Popular y el Alcalde Irrizarry Pabón llegaron a un acuerdo, para que en determinada fecha, él abandonara el cargo de Alcalde. AL PASAR DE LOS DÍAS , El Alcalde Irrizarry Pabón NO HA CUMPLIDO. El Partido Popular hace gestiones judiciales para sacarlo del cargo de Alcalde.
Con argucias y engaños el Alcalde se aferra al puesto; PRIMERO Pidió TIEMPO ADICIONAL, LUEGO SIMPLEMENTE SE ARREPINTIÓ , Y HA DECIDIDO QUEDARSE EN SU PUESTO de Alcalde de Ponce.; impugna inclusive el acuerdo a que llegó.
A Esta fecha HAY CASOS PENDIENTES EN LOS TRIBUNALES QUE ATAÑEN ESTA CONTROVERSIA POLÍTICA.
POR OTRO LADO, esta situación ha motivado especulaciones, explicaciones, razonamientos, críticas y argumentos en los distintos medios de comunicación, para hacer llevar a pensar , que la cuestión en controversia ha de enmarcarse en la materia de contratos.
Comencemos por decir que de ninguna manera el acuerdo a que llegó el Alcalde Irrizary Pabón con el Partido Popular puede identificarse como un contrato entre partes, debido a que las relaciones y conexiones recíprócas existentes entre las partes, y en el acuerdo, no pueden enmarcarse en la normativa que rige la materia de contratos en nuestro ordenamiento jurídico, ya que son ajenos .
Esta controversia en mi opinión, hay que analizarla y adjudicarla , al amparo de las regulaciones que rigen para candidatos y funcionarios electos, junto al interés publico, la protección de las instituciones púíblicas, y la idoneidad de las personas que las dirigen.
Los Alcaldes son empleados públicos, que supervisan y dirigen muchas areas del quehacer público todo el tiempo durante su mandato , todo pagado con fondos publicos, sobre lo cual, es lógico y razonable ejercer estricto escrutinio.
Citaré a continuación algunas disposiciones de la materia de contratos del Codigo Civil , Tit 1, del Libro. Quinto ; para que se vea el contexto de la normativa de contratos , y fijar la realidad regulatoria, a la que se refiere esta controversia; la cual atañe Al Partido Popular , al Alcalde Luis Irrizary Pabón. ; el interés público, y la protección a nuestras instituciones públicas democráticas.
1-Definición Contrato>(Art 1230)- El contrato es el negocio jurídico bilateral por el cual dos o más partes expresan su consentimiento en la forma prevista por ley , para crear, regular , modificar o extinguir obligaciones.
2-Las partes pueden contratar o no hacerlo , las partes pueden acordar cualquier claúsula que no sea contra la ley, la moral o el orden público.
3-Los contratos tienen fuerza vinculante (Art 1233) " Lo ACORDADO EN LOS CONTRATOS TIENE FUERZA DE LEY ENTRE ; LAS PARTES , ANTE SUS SUCESORES Y ANTE TERCEROS, EN LA FORMA QUE DISPONE LA LEY".
4-EL CONTRATO QUEDA PERFECCIONADO DESDE QUE LAS PARTES MANIFIESTAN SU CONSENTIMIENTO , SOBRE EL OBJETO Y LA CAUSA
*Existe el consentimiento por el concurso de la oferta y la aceptación cuando al oferente recibe la aceptación.
*Vicios del Consentimiento -(Voluntad-)Tit IV del libro Primero -los vicios de la voluntad son el el error , el dolo, la violencia y la intimidación
5- ART 285(Art 1217 CCPR) VICIOS DEL CONSENTIMIETO-para efectos de discusión , reiterando, que no son de aplicación las disposiciones de la materia de contratos , pero para atender el razonamiento errado del Alcalde Irrizarry Pabón, al respecto que fue intimidado cuando llegó al acuerdo de abandonar el cargo...; nos expresamos..
- EL QUE EL ALCALDE IRIZARRY PABÓN RECLAME AHORA QUE LLEGÓ AL ACUERDO DE ABANDONAR EL PUESTO EN DETERMINADA FECHA ; bajo presión porque se le dijo que si no lo hacía el Partido tomaría determinadas acciones en su contra,
NO SE TRATA DE NINGUNA INTIMIDACIÓN- simplemente , como en tantas circunstancia, de la vida, es estandard advertir, lo que pasará si Ud no cumple , de hecho es estandard- decir las consecuencias de lo que le pasará a quien no cumple con determinado cumplimiento, no hay que abundar ; sobre todo , cuando estamos ante un médico, con amplia experiencia en la política activa y en su profesión.
Por razón de interpretaciones equivocadas amparadas en disquisiciones extraidas del error, no podemos infravalorar la situación del Alcalde Ponce Luis Irrizarry Pabón , cuya conducta amerita la pretención de sacarlo del puesto.
No hay comentarios:
Publicar un comentario